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La subcontratación y sus límites legales tras la reforma laboral en México

La subcontratación y sus límites legales tras la reforma laboral en México.

En abril de 2021, México vivió una de las reformas laborales más relevantes de las últimas décadas con la modificación del régimen de subcontratación, también conocido como outsourcing. La reforma tuvo como objetivo erradicar el abuso de esquemas de simulación laboral que afectaban los derechos de las personas trabajadoras, así como combatir la evasión fiscal y fortalecer la formalidad en el empleo.

Desde entonces, las reglas han cambiado de forma radical: la subcontratación está prohibida como regla general, y solo se permite en supuestos específicos. Este artículo analiza los límites legales vigentes, las excepciones permitidas y las implicaciones jurídicas para las empresas que recurren a este tipo de esquemas.


¿Qué es la subcontratación?

La subcontratación laboral es una figura en la que una empresa (prestadora de servicios) proporciona trabajadores a otra (beneficiaria), para que estos desarrollen tareas dentro de sus instalaciones, bajo su dirección o a favor de sus fines económicos.

Antes de la reforma, era común que las empresas usaran outsourcing para reducir sus cargas laborales y fiscales, evitando el pago completo de prestaciones, seguridad social o utilidades. Esto generaba una amplia precarización del empleo y un perjuicio directo al IMSS, INFONAVIT y SAT.


¿Qué cambió con la reforma laboral de 2021?

La reforma modificó la Ley Federal del Trabajo (LFT), el Código Fiscal de la Federación, la Ley del Seguro Social, la Ley del INFONAVIT y la Ley del ISR, entre otras. Los puntos clave son:

  1. Se prohíbe la subcontratación de personal en general.
    Ninguna persona física o moral puede poner trabajadores propios a disposición de otra si estos realizan actividades esenciales del beneficiario.

  2. Solo se permite la subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras especializadas, siempre que:

    • No formen parte del objeto social ni de la actividad preponderante del beneficiario.

    • La empresa prestadora esté registrada en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).

    • Existan contratos por escrito y se cumplan requisitos fiscales y laborales estrictos.

  3. Se permite la subcontratación entre empresas del mismo grupo empresarial, únicamente para servicios u obras especializadas (no personal operativo).

  4. Las agencias de colocación (reclutamiento y selección) sí están permitidas, pero no pueden considerarse patrones ni prestar trabajadores.

  5. Las empresas que contraten servicios especializados deben verificar que su proveedor cumpla con sus obligaciones fiscales, de seguridad social y laborales. De lo contrario, se consideran patrones solidarios, es decir, responden por los derechos laborales y prestaciones no cubiertas.


¿Qué implica subcontratar ilegalmente?

Las consecuencias legales de subcontratar fuera del marco permitido son graves:

  • El contratante será considerado patrón directo de los trabajadores.

  • Se impone una multa de hasta 4,481 veces la UMA (más de 500 mil pesos por evento).

  • El gasto no será deducible para efectos del ISR ni acreditable para el IVA.

  • Puede derivarse en revisión fiscal, laboral y penal, por evasión o simulación.

  • El IMSS y el INFONAVIT pueden exigir las cuotas omitidas con recargos y actualizaciones.

Además, el SAT y la Secretaría del Trabajo (STPS) han firmado acuerdos de colaboración para detectar simulación de servicios especializados, incluso si están inscritos en el REPSE.


¿Qué debe hacer una empresa que requiere servicios externos?

Si una empresa necesita contratar a un tercero para realizar tareas específicas, debe asegurarse de:

  1. Verificar que el servicio no sea parte de su objeto social ni actividad económica preponderante.

  2. Confirmar que la empresa proveedora esté inscrita en el REPSE.

  3. Formalizar un contrato por escrito, con cláusulas claras sobre la especialización.

  4. Solicitar mensualmente:

    • CFDI de pago de nómina.

    • Acuse de entero de retenciones de ISR.

    • Comprobantes de pago de cuotas al IMSS e INFONAVIT.

    • Opinión positiva de cumplimiento fiscal.

  5. Guardar toda la documentación como parte de su defensa preventiva en caso de revisión.


Conclusión

Tras la reforma laboral de 2021, la subcontratación dejó de ser un área gris para convertirse en un campo estrictamente regulado. Solo es legal si cumple con los requisitos de especialización y registro, y no sustituye relaciones laborales directas.

Las empresas deben actuar con precaución, revisar sus contratos vigentes, verificar si sus proveedores cumplen con el marco normativo, y, en su caso, migrar a esquemas de contratación directa con apego a la ley. Subcontratar sin asesoría legal puede resultar en multas millonarias, fiscalización agresiva y responsabilidad solidaria por adeudos laborales.